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| Xalapa, Ver. | 26 Sep 2024 - 15:25hrs
Xalapa Ver., 26/09/24. Con 35 votos a favor, el Pleno de la LXVI Legislatura del estado de Veracruz aprobó la Minuta con proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, remitida por el Senado de la República.
La reforma constitucional, promovida desde el 5 de febrero de este año por el presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, prevé establecer que la Guardia Nacional dependa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y que tenga diversas facultades, en el ámbito de su competencia, para la investigación de delitos.
Tras el trámite realizado por la Mesa Directiva, presidida por la diputada Adriana Esther Martínez Sánchez, se puso a consideración del Pleno la Minuta, misma que registró 35 votos a favor y nueve en contra, sin abstenciones.
De esta manera, el Poder Legislativo de Veracruz, al igual que las legislaturas de Baja California, Campeche, Ciudad de México, Colima, Durango, Guerrero, Oaxaca, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, expresa su respaldo a esta modificación federal.
Posicionamientos
En el debate, por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), la diputada Maribel Ramírez Topete subrayó que la seguridad pública debe estar en manos de instituciones civiles, profesionales y enfocadas en la protección de los derechos humanos. Agregó que debe existir una transición de la Guardia Nacional a un modelo policial civil, supervisado y con programas de certificación.
El diputado Marlon Eduardo Ramírez Marín, del Grupo Legislativo Mixto “Por un Veracruz de Resultados”, contextualizó sobre las diversas expresiones políticas relacionadas con que fuerzas armadas participen en tareas de seguridad pública y añadió: “No estamos a favor de que quienes deben cuidar la soberanía del país también hagan de policías”.
La Minuta fue enviada por el Senado de la República al Congreso de Veracruz para efectos del Artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respecto a que las reformas a la Carta Magna federal deben contar, además de la aprobación del Congreso de la Unión, con la validación de la mayoría absoluta (la mitad más uno) de los congresos estatales.